Así debe hacerse el cálculo para quienes ganen un salario mínimo mensual o más. Como lo reiteró el Ministerio de Trabajo, los aportes de seguridad social por parte de trabajadores independientes o contratistas de prestación de servicio se deben realizar sobre una base de cotización máxima del 40% de los ingresos mensuales sin IVA.
$145.000 irían a salud. $185.600 a pensión. Y unos $6.100 a riesgos laborales (dado el caso).
Lo anterior sumaría un total de $336.700. Cabe destacar que el ingreso base de cotización IBC para el pago de la seguridad social no puede ser menor a un salario mínimo. Además, los independientes no tienen que pagar parafiscales, como caja de compensación o cesantías,
Contents
- 0.1 ¿Cuánto es el aporte de salud y pensión 2023 independientes?
- 0.2 ¿Cuánto sube la Seguridad Social 2023?
- 1 ¿Cuánto debo pagar de salud y pensión?
- 2 ¿Cuándo se paga la planilla de seguridad social 2023?
- 3 ¿Cuánto es lo máximo que se puede descontar de la nómina?
- 4 ¿Cuándo se sube el sueldo minimo 2023?
- 5 ¿Cuánto se paga de salud y pensión como independiente?
- 6 ¿Cuál es el importe neto de una nómina?
- 7 ¿Que no integra el salario?
- 8 ¿Cuánto se paga a la Seguridad Social por un sueldo de 1500?
- 9 ¿Cuánto paga la empresa por mí?
- 10 ¿Cuánto se paga de Seguridad Social por 40 horas semanales?
- 11 ¿Cuándo se debe pagar la planilla de seguridad social 2023?
- 12 ¿Cuándo se sube el sueldo minimo 2023?
- 13 ¿Cómo se debe pagar la seguridad social de un trabajador dependiente?
El total que se debe aportar a las prestaciones sociales están definidas independientemente, para salud debe ser del 12,5% y pensión del 16%.
¿Cuánto es el aporte de salud y pensión 2023 independientes?
Liquidación de aportes | |
---|---|
Salud (12,5 %) | $ 987.450 |
Pensión (16 %) | $ 1.263.936 |
Solidaridad pensional (1 %) | $ 78.996 |
ARL – nivel de riesgo IV (4,35 %) | $ 343.633 |
¿Cuánto sube la Seguridad Social 2023?
Aquí hablaremos sobre. –
Aporte a salud 2023 de los trabajadores dependientesCotización a salud de trabajadores independientesExoneración de aportes a salud
El aporte a salud 2023 seguirá siendo del 12,5 %; este debe determinarse con base en el ingreso base de cotización –IBC–. A continuación, conoce los porcentajes de cotización obligatoria al sistema de seguridad social en salud –SG-SSS– de empleadores y trabajadores en 2023.
¿Cuánto debo pagar de salud y pensión?
En cuanto a salud, el aporte total es del 12,5%, de este porcentaje el empleador paga el 8,5% en base al salario del trabajador, y al trabajador se le descuenta del salario el 4%. Para pensión se debe realizar una contribución del 16%, donde el empleador aporta el 12% y al empleado se le descuenta el 4%.
Como calcular cuánto cotizo – La forma más fácil para conocer cuánto cotizas a la Seguridad Social es acudir a tu nómina. En ella deberían aparecer desglosados todos los conceptos por los que estás pagando a la Seguridad Social y el porcentaje. Si quieres calcular cuánto estás cotizando de tu salario por tu cuenta sólo tienes que tomar los datos e ir aplicando los porcentajes correspondientes para cada tipo de cotización.
CONTINGENCIAS | Empresa | Trabajadores | TOTAL |
---|---|---|---|
Comunes | 23,60 | 4,70 | 28,30 |
Horas Extraordinarias Fuerza Mayor | 12,00 | 2,00 | 14,00 |
Resto Horas Extraordinarias | 23,60 | 4,70 | 28,30 |
DESEMPLEO | Empresa | Trabajadores | TOTAL |
Tipo General | 5,50 | 1,55 | 7,05 |
Contrato duración determinada Tiempo Completo | 6,70 | 1,60 | 8,30 |
Contrato duración determinada Tiempo Parcial | 6,70 | 1,60 | 8,30 |
FOGASA | Empresa | Trabajadores | TOTAL |
Fogasa | 0,20 | 0,20 | |
FORMACIÓN PROFESIONAL | Empresa | Trabajadores | TOTAL |
Formación profesional | 0,60 | 0,10 | 0,70 |
¿Cuánto es el aporte a la Caja de compensacion 2023?
Subsidios. POR: febrero 21 de 2023 – 07:24 p.m.2023-02-21 2023-02-21 Las cajas de compensación familiar de Colombia dieron a conocer las cuotas de subsidio que entregarán en 2023 para auxilios de desempleo y compra de vivienda. (Cómo acceder al subsidio de vivienda de cajas de compensación familiar).
- Además, Compensar reveló las cuotas de subsidio escolar y monetario que recibirán sus afiliados este año.
- Los subsidios de tipo monetario y educativo son los que llegan a una mayor población, ya que, según los datos revelados por Compensar, en 2022 se otorgaron más de $295.000 millones en cuotas de subsidio monetario a más de 579.000 usuarios mensuales en promedio; asimismo, más de 350 mil niños y jóvenes se vieron beneficiados con el Subsidio Educativo para la compra de sus útiles al inicio de este año.
Por su parte, en 2022, 25.929 trabajadores afiliados cumplieron el sueño de comprar vivienda propia gracias a las cuotas del subsidio de vivienda, que representaron más de $591.073.801.852 millones, De la misma forma, en el transcurso del año anterior 24.412 trabajadores tuvieron la tranquilidad de contar con el apoyo que ofrece el subsidio del desempleo, al haber quedado cesantes.
Entregar estos beneficios económicos a las familias colombianas afianza nuestro compromiso de velar por el bienestar integral de todos nuestros afiliados. Si vemos, estos subsidios se reconocen a trabajadores que devengan hasta cuatro SMMLV, es decir a hogares clase media y baja, quienes son los que más sienten los incrementos en los precios de los alimentos y el costo de vida en general”, aseguró Michel González, Especialista de Subsidios de Compensar.
Subsidio monetario: Compensar fijó para este 2023 una cuota de $48.100 mensuales, es decir, $507.600 anuales por cada beneficiario. Este aporte se entrega a trabajadores que devengan hasta 4 SMMLV con hijos hasta de 18 años, padres mayores de 60 que dependan del usuario y hermanos huérfanos hasta de 18 que dependan de él.
Es importante recordar que este beneficio tiene fecha de caducidad, la cual se puede consultar en la página de la caja de compensación. Subsidio educativo: En 2022, y con vigencia para el 2023, la cuota definida por la caja de compensación para este beneficio fue de $80.000 por cada beneficiario. Las condiciones para su desembolso es que el trabajador devengue hasta 4 SMMLV, que tenga hijos de 6 hasta 18 años o hermanos huérfanos de la misma edad, que dependan del trabajador y que se encuentren en etapa de escolaridad en primaria o básica secundaria.
“Estos dos subsidios son de los más solicitados por los trabajadores y están totalmente ligados. Para que los beneficiarios reciban el aporte del subsidio educativo, también deben estar inscrito como beneficiarios y estar recibiendo actualmente la cuota del subsidio monetario; de esta manera apoyamos desde todos los frentes a nuestros afiliados”, explicó Michel González, Especialista de Subsidios de Compensar.
Subsidio de vivienda: En este 2023 la cuota de este subsidio va desde $23.200.000 hasta $34.800.000. Este aporte también va dirigido a hogares que devenguen hasta 4 SMMLV, adicionalmente los requisitos son que ningún miembro de este sea propietario de un inmueble, no haber recibido nunca el subsidio y querer comprar vivienda de interés social (VIS), es decir que no supere los 150 SMMLV.
Subsidio de desempleo: En este auxilio se reconoce el pago de salud y pensión por seis meses y también una transferencia económica de $1.740.000 dividida en cuatro cuotas. Este beneficio solo aplica si el postulante, en su última vinculación, pertenecía a categoría A o B.
“Adicional a los mencionados se tiene el subsidio simultaneo, que permite a padre y madre solicitar el beneficio al tiempo por sus hijos; el especial, el cual se entrega a trabajadores con hijos, padres o hermanos huérfanos con alguna discapacidad; también está el amparo de vida, que es un auxilio que Compensar entrega a la familia del trabajador fallecido si este recibía subsidio monetario y que, en 2022, llegó $1.300 millones otorgados”, concluyó Michel González, Especialista de Subsidios de Compensar.
PORTAFOLIO
Día hábil | Fecha | Dos últimos dígitos del Nit o documento de identidad |
---|---|---|
10° | Julio 17 de 2023 | 57 al 63 |
11° | Julio 18 de 2023 | 64 al 69 |
12° | Julio 19 de 2023 | 70 al 75 |
13° | Julio 21 de 2023 | 76 al 81 |
¿Cuánto es lo máximo que se puede descontar de la nómina?
El monto total de los descuentos no podrá exceder del treinta por ciento del importe del salario total, excepto en los casos a que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 38 de la Ley burocrática.
¿Cuándo se sube el sueldo minimo 2023?
El detalle de la ley – Como medida central, la ley establece el alza del salario mínimo hasta alcanzar los $500.000 durante el próximo año, a través de la siguiente gradualidad: un incremento desde los actuales $410.000 a $440.000 el 1 de mayo de 2023; luego, a $460.000 el 1 de septiembre de 2023; y, posteriormente, a $500.000 el 1 de julio de 2024.
Junto a ello, y en caso de que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado durante 2023 supere el 6%, se realizará un alza previa de $10.000 el 1 de enero de 2024, quedando el salario mínimo en $470.000 en dicha fecha, para después continuar con la gradualidad anteriormente descrita. Posterior a esa fecha, se contempla, a todo evento, un reajuste automático del ingreso mínimo mensual conforme el IPC que se registre entre los meses de julio-diciembre de 2024 y que se concretará en enero del 2025.
Además, y también en acuerdo con la CUT, la ley contempla reajustar los tramos de la Asignación Familiar a partir de mayo de 2023, lo que aumentará la cobertura y los beneficios de los actuales afiliados, fijándose diferentes tramos hasta los $1.175.196.
En torno al Subsidio Mensual para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado que rige hasta el 31 de diciembre de 2023, según consta en la Ley N° 21.218, la ley ajusta los parámetros para beneficiar a las y los trabajadores con ingresos mensuales de hasta $500.000, extendiendo así su vigencia desde el 31 de diciembre de 2023 al 30 de junio de 2024.
Esto, pues al 1 de julio del mismo año, el ingreso mínimo mensual ya alcanzará dicho monto.
¿Cuáles son los descuentos que se le hacen a un empleado?
A los trabajadores se les pueden hacer deducciones y retenciones sobre su salario solo en unos casos específicos, como son aportes a seguridad social, alimentos, cuotas sindicales, cuotas de cooperativas y descuentos o deducciones por orden judicial, como es el caso de los embargos y descuentos autorizados por el
¿Cuánto se paga de salud y pensión como independiente?
¿Cómo hacer el pago a través de PILA? – Lo primero que debes hacer es que, como cotizante, te inscribas en cualquiera de los operadores de información autorizados, allí te solicitarán los datos básicos para el registro inicial. Estos son los operadores con los que podrás realizar el pago mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA):
Operador | Página web | Contacto |
---|---|---|
ACH SOI | www.nuevosoi.com.co | Liquidación y Soporte Independientes Bogotá: 380 8880 Medellín: 204 0180 Resto del País: 01 8000 11 0764 |
Asopagos S.A. | www.asopagos.com | Línea Nacional: 018000 1212 60 Bogotá: 487 51 11 Audio – consulta PIN: 4 89 43 00 [email protected] |
Banco Agrario | www.bancoagrario.gov.co | Línea Nacional: 018000 915 000 Bogotá: 594 85 00 |
Compensar | www.miplanilla.com | Línea Nacional: 018000 117 006 Bogotá: 307 70 06 |
Coomeva | www.coomeva.com.co | 018000 110 779 018000 930 779 |
Arus (enlace operativo) | www.arus.com.co | Barranquilla: 385 24 44 Bogotá: 742 44 88 Cartagena:693 77 27 Bucaramanga: 697 87 27 Pereira: 340 13 27 Manizales: 892 8027 Cali: 485 94 44 Medellín: 604 27 27 |
Fedecajas | www.fedecajas.com | Línea nacional: 018000 118 466 – 018000 125 499 Bogotá: 232 87 71 / 72 / 73 |
Mi planilla | www.miplanilla.com | Bogotá: 307 7006 Línea nacional: 01 8000 117 006 |
Aportes en Línea | www.aportesenlinea.com | Líneas empresariales: Bogotá: 307 83 33 Barranquilla: 385 80 90 Cali: 485 20 50 Cartagena: 693 40 80 Medellín: 604 30 10 Resto del país: 018000 510 245 Líneas independientes y empleados domésticos: Bogotá: 307 80 37 Barranquilla: 385 20 80 Cali: 485 39 39 Cartagena: 693 15 15 Medellín: 604 10 60 Ibagué: 277 11 00 Bucaramanga: 697 09 09 Resto del país: 018000 524 448 |
Pago Simple | www.pagosimple.com | Fonosimple (mesa de ayuda) Barranquilla: 3618850 Medellín: 5146669 Bogotá 3432949 Cali: 5540515 Planilla asistida telefónica PAT Barranquilla: 361 88 50 Medellín: 514 66 69 Bogotá 444 66 34 – 348 96 30 Cali: 554 65 77 |
Una vez estés inscrito con un operador de información puedes elegir entre estas dos maneras para realizar el pago en PILA:
Asistida | Electrónica |
---|---|
Comunícate, vía telefónica, con algún Asesor de los operadores de información para que te guíe en el proceso. Suministra todos tus datos para que el Asesor gestione la planilla a tu nombre. Una vez hayas diligenciado y liquidado la planilla recibirás un pin o código con el que podrás acercarte a una entidad financiera a efectuar el respectivo pago. Esto solo es necesario la primera vez, después únicamente tendrás que llamar a activar la planilla con tu número de identificación; contarás con cinco días hábiles para realizar el pago después de la activación. |
Ingresa a la página web del operador de información al que te inscribiste. Diligencia y liquida la planilla del mes correspondiente. Comprueba que los aportes discriminados son los que debes realizar. Ten presente que, como trabajador independiente, solo estás obligado a hacer aportes a pensión del 16% y salud del 12.5%, sobre la totalidad de tus ingresos. La afiliación a ARL es de carácter opcional y no debes hacer pago de parafiscales: ICBF, Sena o Caja de Compensación Familiar. Cuando hayas verificado la planilla, autoriza el pago; allí encontrarás todas las entidades financieras con las que puedes efectuarlo. Recuerda que tu cuenta bancaria debe estar habilitada para hacer este tipo de transacciones; para esto, debes solicitar autorización a la entidad financiera. Posteriormente recibirás una confirmación del pago que te servirá como soporte. De esta forma, habrás hecho tus aportes de manera transparente y segura. |
¿Qué es lo que se descuenta en una nómina?
Cómo calcular el sueldo bruto a neto Para calcular el se deben descontar tanto las cotizaciones que se destinan a la Seguridad Social como el pago del impuesto, A la hora de pactar el salario, confundir estas cantidades se puede tratar de un error de comunicación, pero para evitar problemas, lo mejor es tener claras las diferencias.
- A continuación veremos cómo calcular el tipo de y el salario neto del que dispondremos tras el pago de impuestos.
- La ley fija una serie de descuentos que afectan a cada trabajador que esté cotizando en el régimen general, situación mayoritaria para más de 13 millones de trabajadores.
- Estos descuentos corresponden, por lo tanto, a y a impuestos que la propia empresa ingresa en las arcas públicas para simplificar así las tareas administrativas de los trabajadores.
Las nóminas constan de dos descuentos principales: los descuentos para pagar la Seguridad Social del trabajador y el descuento para pagar el impuesto sobre la renta.
¿Cuál es el importe neto de una nómina?
El salario neto, o salario líquido, es la cuantía exacta de dinero que recibe el trabajador como contraprestación por sus servicios, tras descontarse las cotizaciones a la Seguridad Social y los impuestos.
¿Cómo puedo saber mi base de cotización?
Accediendo a tu área personal puedes consultar on line los detalles de tu vida laboral y tus bases de cotización. En el apartado Tu vida laboral, verás tus períodos de alta y baja en la Seguridad Social, las empresas en las que has trabajado, tu actividad como autónomo y el número de días que has estado en alta.
¿Que no integra el salario?
Autor: – Para tener en cuenta como empresario, debes conocer que todos aquellos conceptos o ayudas que no paguen el trabajo. Entre estos conceptos que no se agregan al Salario Diario Integrado son: La herramienta y ropa. Ya que son proporcionados al trabajador para realizar su labor El fondo de ahorro.
Este concepto no se integrará siempre y cuando exista un depósito a la cuenta del fondo de ahorro y se haga de forma semanal, quincenal o mensual; además, las aportaciones deben ser iguales del patrón y del trabajador; finalmente el trabajador pueda realizar como máximo dos retiros al año. ElConta.Com te recomienda esta lectura 😉 Aportaciones adicionales al seguro del retiro.
Si el patrón decide dar aportaciones extra del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, no integrarán. Cuotas patronales, PTU y aportaciones al INFONAVIT. Las cuotas que en términos de esta Ley le corresponde cubrir al patrón, las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y las participaciones en las utilidades de la empresa no forman parte del Salario Diario Integrado.
- Alimentación y habitación.
- Siempre y cuando no rebasen el 20% del Salario Mínimo Vigente en el Distrito Federal. Despensa.
- Siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, en caso de que lo sobrepase, el excedente se integrará.
Premios por asistencia y puntualidad. Mientras el importe de cada uno de estos conceptos no rebase el diez por ciento del salario base de cotización. Aportaciones a planes de pensiones. Los planes de pensiones serán sólo los que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
¿Cuánto se paga a la Seguridad Social por un sueldo de 1500?
2. Contratar a trabajadores freelance – Si después de utilizar nuestra calculadora para conocer el coste del trabajador no te salen los números, siempre puedes optar por contratar a personas freelance que te ayuden en determinados proyectos. Esta es una muy buena forma de ahorrar, ya que no tendrás que pagar Seguridad Social ni material de oficina, puesto que estos no trabajarán de manera presencial en la oficina.
¿Cuánto paga la empresa por mí?
Esto es lo que paga una empresa por cada trabajador en 2022 Así quedan fijadas las bases de cotización y sus tipos en 2022. Habitualmente, se suele decir que las cotizaciones al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS ) que abona una empresa por cada empleado, de forma mensual, corresponde con el 30% del sueldo bruto, aproximadamente.
Por ejemplo, ante la duda de cuánto paga de impuestos una compañía por un trabajador, si este cobrara unos 15.000 euros brutos anuales, se deduce que costaría al empleador unos 19.500 euros al año. Esta misma pregunta ha sido respondida en el 2022 por el informe ‘Taxing Wages 2022′ de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Ahí se refleja que el coste laboral de un trabajador, formado por el pago del IRPF (a cargo del empleado) y las cotizaciones de la Seguridad Social, se ha incrementado en un 39,9% en 2021, con respecto a 2020. Algo que, a simple vista, es alarmante, pero también lógico si se tienen en cuenta las consecuencias económicas y laborales de la pandemia.
¿Cuánto se paga de Seguridad Social por 40 horas semanales?
¿Cuánto se paga de Seguridad Social por 40 horas semanales empleada de hogar? Si eres empleada de hogar y trabajas durante 40 horas semanales, debes saber que existen múltiples regulaciones legales que afectan a tu salario, jornada laboral y cotizaciones ante la Seguridad Social.
En primer lugar, es importante destacar que la Ley de Empleados de Hogar establece que todas las personas que trabajen en este ámbito deben estar dadas de alta en la Seguridad Social, es decir, cotizar para tener derecho a una serie de beneficios sociales y económicos. En cuanto a la cotización, el empleador debe realizar una aportación total del 28,30% del salario bruto de la trabajadora, mientras que la parte restante la deberá asumir la empleada, que deberá abonar un 4,70% de su salario bruto.
Esto significa que, si trabajas 40 horas semanales, el salario mínimo legal establecido para este régimen es de 7,43 euros la hora, lo que supone un salario mensual de alrededor de 1.153,58 euros. Es importante tener en cuenta que, además de la cotización a la Seguridad Social, existen otros cargos que deben ser asumidos por el empleador, como el IRPF o la indemnización por despido, los cuales deben ser estipulados en el contrato laboral.
Día hábil | Fecha | Dos últimos dígitos del Nit o documento de identidad |
---|---|---|
10° | Julio 17 de 2023 | 57 al 63 |
11° | Julio 18 de 2023 | 64 al 69 |
12° | Julio 19 de 2023 | 70 al 75 |
13° | Julio 21 de 2023 | 76 al 81 |
¿Cuándo se sube el sueldo minimo 2023?
El detalle de la ley – Como medida central, la ley establece el alza del salario mínimo hasta alcanzar los $500.000 durante el próximo año, a través de la siguiente gradualidad: un incremento desde los actuales $410.000 a $440.000 el 1 de mayo de 2023; luego, a $460.000 el 1 de septiembre de 2023; y, posteriormente, a $500.000 el 1 de julio de 2024.
Junto a ello, y en caso de que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado durante 2023 supere el 6%, se realizará un alza previa de $10.000 el 1 de enero de 2024, quedando el salario mínimo en $470.000 en dicha fecha, para después continuar con la gradualidad anteriormente descrita. Posterior a esa fecha, se contempla, a todo evento, un reajuste automático del ingreso mínimo mensual conforme el IPC que se registre entre los meses de julio-diciembre de 2024 y que se concretará en enero del 2025.
Además, y también en acuerdo con la CUT, la ley contempla reajustar los tramos de la Asignación Familiar a partir de mayo de 2023, lo que aumentará la cobertura y los beneficios de los actuales afiliados, fijándose diferentes tramos hasta los $1.175.196.
En torno al Subsidio Mensual para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado que rige hasta el 31 de diciembre de 2023, según consta en la Ley N° 21.218, la ley ajusta los parámetros para beneficiar a las y los trabajadores con ingresos mensuales de hasta $500.000, extendiendo así su vigencia desde el 31 de diciembre de 2023 al 30 de junio de 2024.
Esto, pues al 1 de julio del mismo año, el ingreso mínimo mensual ya alcanzará dicho monto.
Seguridad social en asalariados con ingresos como independientes
- Los asalariados o trabajadores dependientes, que además tengan ingresos adicionales como independientes, como pueden ser por arrendamientos o producto de alguna actividad comercial, deben realizar aportes a seguridad social sobre esos ingresos.
- Todo asalariado o empleado dependiente cotiza a seguridad social por medio de su empleador quien lo afilia y paga las cotizaciones respectivas, pero si además tiene ingresos como independiente, debe cotizar sobre esos ingresos como independiente.
- Esto en función del parágrafo primero del artículo 18 de la ley 100 de 1993, que trata sobre la base de señala:
«En aquellos casos en los cuales el afiliado perciba salario de dos o más empleadores, o ingresos como trabajador independiente o por prestación de servicios como contratista, en un mismo período de tiempo, las cotizaciones correspondientes serán efectuadas en forma proporcional al salario, o ingreso devengado de cada uno de ellos, y estas se acumularán para todos los efectos de esta ley sin exceder el tope legal.